IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN DE FUENTES DE RADIACIÓN IONIZANTE

(EQUIPOS GENERADORES DE RADIACIÓN IONIZANTE, RAYOS X Y CRAWLERS)



Para realizar el trámite de importación y exportación de equipos generadores de radiación ionizante (ya sea que requiera licencia de operación o este exento de la misma) primero deberá verificar lo siguiente.

Cuando requiere licencia de operación:

  • El número de la licencia de operación o autorización de adquisición y transferencia (vigentes).
  • No tener requerimientos pendientes ante la CNSNS, en caso de tenerlos primero deberá corregirlos y obtener el oficio emitido por la CNSNS, en el que se especifique que ha dado respuesta satisfactoria a lo solicitado, deberá hacer referencia del oficio en comento.

Cuando se encuentra exento de licencia de operación:

  • El número del oficio, emitido por la CNSNS, en donde se indica que la marca y modelo del equipo que pretende exportar cumple con lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-039-NUCL-2011, por lo que está exento de licencia de operación.

Para realizar el trámite de importación y exportación de un equipo generador de radiación ionizante, el solicitante proporcionará la siguiente documentación según corresponda.

  1. El comprobante del pago de aprovechamientos. Este puede ser realizado de manera electrónica en las instituciones de crédito autorizadas a través de sus portales de Internet o en sus ventanillas bancarias, los datos correspondientes para el pago de aprovechamientos de este trámite los puede obtener en las hojas de ayuda que se encuentran en los siguientes links
  2. Para exportación de equipos generadores de radiación ionizante (rayos X).

    Para equipos importación generadores de radiación ionizante (rayos X), (para el caso de equipos exentos independientemente del número de destinatarios solo aplica el de un destinatario).

  3. Autorización del remitente o fabricante, emitida por la autoridad competente.
  4. Documento anexo (Ficha técnica).
  5. Pedidos formulados al importador por los interesados, quienes deben de ser titulares de licencias de operación vigentes u oficios de exención.
  6. Relación de destinatarios finales. Se debe de indicar en cada caso el número de expediente, número de autorización, datos de los equipos generadores de radiación ionizante a importar.
  7. Para los casos de exportación propia de equipos generadores de radiación ionizante que están exentos de licencia de operación, en caso de ser la primera vez que realizar dicho trámite o en caso de cambio respecto al Representante Legal, deberán presentar copia simple del poder legal, conferido a la persona que firma la solicitud como tal.

DATOS DEL TRÁMITE:

Datos de la solicitud

  • No. Expediente
  • Tipo de operación
  • Finalidad
  • Tipo de licencia
  • Número de licencia
  • Aduanas de entrada
  • Observaciones

Datos de la mercancía

  • Número de equipos
  • Marca
  • Modelo
  • Voltaje máximo del tubo de R-X
  • Unidad Medida del voltaje
  • Corriente máxima del tubo de R-X
  • Unidad Medida de la corriente
  • Fracción arancelaria
  • Números de serie

Datos del fabricante

Nacional
  • Tipo de Persona
  • RFC
  • Página web
Extranjero
  • Denominación o razón social
  • Domicilio
  • Correo electrónico
  • Página web

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